Convalidaciones en enseñanzas de Formación Profesional

Publicado: 01/07/2019

Secretaría

 

CONVALIDACIONES MÁS FRECUENTES:

El alumnado presentará a la Dirección del centro docente en el que se encuentre matriculado la solicitud de convalidación o exención de los módulos profesionales que desee convalidar o eximir, antes del comienzo del curso escolar, (la solicitud se podrá realizar en el momento de hacerse efectiva dicha matriculación) a fin de completar o finalizar las enseñanzas de formación profesional en las que se haya matriculado.

CONVALIDACIONES MENOS FRECUENTES:

Para las solicitudes de convalidación que resuelve el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte el plazo de presentación de solicitudes estará comprendido entre la fecha de matriculación y el 15 de octubre.

CONVALIDACIONES PARA MATRÍCULAS REALIZADAS EN PERIODO EXTRAORDINARIO:

Excepcionalmente, cuando la matriculación se efectúe en período extraordinario, la solicitud se podrá realizar en el momento de hacerse efectiva dicha matriculación.

MÁS INFORMACIÓN:

Para más información puedes consultar el Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, por el que se establecen convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de Formación Profesional del sistema educativo español y las medidas para su aplicación, y se modifica el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

Si tienes alguna duda, puedes llamar a secretaría.

SECRETARÍA

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